lunes, 25 de febrero de 2013

IMPUESTOS

https://docs.google.com/document/d/1QfSlNLW31nFCeSM9X0xxAYfPA0im_qtAcoCgvonqnjM/edit?usp=sharing


Civismo Fiscal

USO DE MIS IMPUESTOS
El Gobierno Federal a través del SAT, busca dar a la sociedad claridad y transparencia sobre el proceso del uso y aprovechamiento de los recursos públicos así como concientizarla sobre la importancia del pago de los impuestos y del rol que como ciudadano tenemos para el bienestar de todo el país, por lo que en esta nueva sección encontrarás información de los conceptos básicos para el entendimiento del contexto tributario mexicano, que te ayudará a entender y dar respuesta a las dudas que seguramente tienes en esta materia
¿QUÉ SON LOS IMPUESTOS?
Es un pago al Estado, de carácter obligatorio, que consiste en el retiro monetario que realiza el gobierno sobre los recursos de las personas y empresas y es a través del uso de estos recursos que el Gobierno Federal, devuelve a la sociedad esa extracción impositiva a través de bienes públicos, como la educación pública, los servicios como la luz, la impartición de justicia y la seguridad, además de procurar igualdad de oportunidades (de educación, vivienda, cultura, etc.) entre los miembros de la sociedad.
Para no perjudicar a los que menos ganan, el impuesto se retira en forma proporcional a la capacidad económica de quien lo paga. Esto se logra con un sistema de impuestos conocido como progresivo, donde quien más gana paga proporcionalmente más impuestos.

La ley fundamental de nuestro país es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en ella se establecen los derechos y obligaciones de sus habitantes y de sus gobernantes. Se trata de la norma jurídica suprema, y ninguna otra ley o disposición puede contrariarla. Es en nuestra Constitución Política donde se establece la obligación de los mexicanos de contribuir para el gasto público del país, es decir, de pagar impuestos.

En nuestro país existen diversas contribuciones, además de los impuestos, como son los derechos, los aprovechamientos, las aportaciones de seguridad social. Todas están debidamente reguladas por una ley especial.


¿QUIÉNES PAGAN LOS IMPUESTOS?
Como se ha señalado antes, los ciudadanos tenemos como responsabilidad y compromiso contribuir de manera solidaria, proporcional y equitativa en los gastos públicos de la Federación, Estados y los Municipios, conforme lo establece el artículo 31, fracción IV la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual ninguna norma jurídica suprema u otra ley o disposición puede contrariarla y en ella se señalan los derechos y obligaciones esenciales de los habitantes y sus gobernantes, encontrándose entre estas obligaciones el pago de nuestros impuestos.
Los ciudadanos Persona Físicas y Personas Morales, tienen la obligación de pagar sus impuestos y el derecho de exigir un gasto público transparente y eficiente.

¿QUIÉNES COBRAN LOS IMPUESTOS?
En materia fiscal existen tres entidades que tienen la capacidad para cobrar impuestos, la Federación, los Estados y los Municipios.
La Federación y los Estados, tienen la capacidad para establecer contribuciones y son la única instancia facultada por nuestra Constitución para realizarlo.
Existen impuestos que pertenecen exclusivamente a la federación y estos son cobrados por El SAT, el cual es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuya responsabilidad es aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público; de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras; de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

¿POR QUÉ SE PAGAN LOS IMPUESTOS?
Como toda empresa el estado requiere de la realización de diversas actividades para cumplir con sus objetivos, como es el desarrollo de actividades complejas que van encaminadas a proveer de servicios públicos y a satisfacer las necesidades generales de la sociedad.
En razón de lo anterior, la actividad financiera del Estado conoce tres momentos de gran importancia para el país:
La obtención de ingresos
La gestión o manejo de los recursos obtenidos y la administración y explotación de bienes patrimoniales de carácter permanente
La realización de erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas; la prestación de servicios públicos y la realización de diversas actividades.
Por ello, es preciso exista un organismo regulador, al cual se le adjudique el cumplimiento de satisfacer determinadas necesidades públicas, como es la seguridad social, salud, educación, infraestructura, entre otros.

¿EN QUÉ SE UTILIZAN LOS IMPUESTOS?
Los recursos recaudados a través de los impuestos, tienen como fin costear los servicios públicos que el Estado brinda, y el contribuyente paga con los impuestos, los servicios que recibe. En ese sentido, hablamos de una contraprestación, toda vez que el contribuyente proporciona una parte de sus recursos a cambio de la satisfacción de ciertas necesidades de carácter colectivo, como el drenaje, el alcantarillado, el transporte público, los hospitales, el servicio de bomberos, ambulancias, construcción, mantenimiento de vías públicas, y también a programas y proyectos de apoyo a los micro, pequeños y medianos empresarios y para subsidios necesarios para el desarrollo del país.

¿CÓMO SE REPARTEN LOS RECURSOS?
La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, señala que la administración de los recursos públicos federales se realizará con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, control, equidad de género, rendición de cuentas y transparencia, por lo que a partir de ello, la gestión pública destina los recursos a programas productivos, cuyos resultados se ven reflejados en la atención de necesidades como son entre otras; la Salud, Educación, Desarrollo social, Seguridad pública, Desarrollo industrial y empresarial, Ganadería, Protección de recursos naturales, Silvicultura, Impartición de justicia.
Es importante resaltar que ninguna de estas iniciativas sería posible sin tu apoyo, ya que gracias al pago de tus contribuciones, el Estado está en condiciones para destinar recursos a dichos planes, programas y proyectos.

¿RIESGOS POR NO PAGAR IMPUESTOS?
El incumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, trae como consecuencia la imposición de multas, recargos, gastos de ejecución y la revisión de las autoridades fiscales.

¿QUIÉNES SE BENEFICIAN?
Con el pago de los impuestos, se beneficia toda la sociedad, ya que con sus contribuciones se atienden necesidades básicas de la población y se impulsa el desarrollo social y económico del país



**// otros datos importantes http://www.sat.gob.mx/civismo_fiscal/contenidos/autocapacitacion.html

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC)
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/21_12672.html

Para inscribirse en el RFC usted necesita iniciar su trámite a través de Internet y concluirlo en cualquier Administración Local de Servicios al Contribuyente dentro de los diez días siguientes al envío de la solicitud.

Para acudir a la Administración Local le recomendamos concertar una cita. Lleve los siguientes documentos en original:
  • Acta de nacimiento o constancia de la CURP.
  • Comprobante de domicilio
  • Identificación personal
  • Número de folio asignado que se le proporcionó al realizar el envío de su preinscripción
  • En su caso, copia certificada del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal, o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.

Tratándose de personas morales en lugar del acta de nacimiento deberán presentar copia certificada del documento constitutivo debidamente protocolizado.

Para mayor información sobre los aspectos específicos de la inscripción consulte el Catálogo de Servicios y Trámites del SAT y la Guía para la inscripción.

Al finalizar su trámite de inscripción se le entregarán los siguientes documentos:
  • Copia de la solicitud de inscripción
  • Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Registro
  • Guía de Obligaciones
  • Acuse de Inscripción al RFC

Inicie su preinscripción. Consulte la guía de apoyo para inscribirse al RFC
Si tiene problemas para realizar la preinscripción acuda a la Administración Local de Servicios al Contribuyente con los documentos y requisitos necesarios. Con gusto le ayudaremos.

EVITE ERRORES DE TRÁMITES Y PAGOS
Errores frecuentes
Para evitar problemas como el rechazo de algún  trámite, envío de requerimientos y multas por parte del SAT, y cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales, le presentamos algunos de los errores más frecuentes y la forma de prevenirlos.
Identifique su actividad

PREGUNTAS DE PRINCIPIANTES FISCALES
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/preguntas_frecuentes/73_19795.html
Planteamientos frecuentes para los principiantes fiscales.

¿CÓMO DEBE PAGAR SUS IMPUESTOS?

Para pagar sus impuestos debe hacer dos tipos de declaraciones:

Mensuales mismas que se presentan a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponde el pago y anuales, que habitualmente se presentan, al año siguiente de haber obtenido sus ingresos por las actividades realizadas.

Las personas morales con fines de lucro deben presentarla por Internet durante el periodo enero a marzo del siguiente año.


No pague recargos ni multas. Presente a tiempo su declaración mensual
Si usted presenta su declaración mensual a tiempo se evita gastos y molestias innecesarias, además tendrá los elementos para presentar su Declaración Anual de manera ágil, rápida y sin contratiempos.

Pasos para presentar sus declaraciones mensuales

Si realiza sus declaraciones con el Servicio de Declaraciones y Pagos (depósito referenciado, o línea de captura), dé clic aquí para conocer más información; de lo contrario siga estos pasos:
  1. Tenga a la mano la información de sus ingresos y gastos
  2. Determine el impuesto correspondiente
  3. Presente su declaración:
  4. Con pago, en los bancos autorizados (ya sea por Internet o por ventanilla),
Puede verificar o consultar la información relacionada con sus pagos o declaraciones estadísticas en la Oficina virtual, opción Consulta de pagos, declaraciones estadísticas y correcciones.

  • La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), debe presentarla durante el mes siguiente al que corresponda la información.
  • En cuanto al impuesto a los depósitos en efectivo (IDE), el pago se realiza el último día del mes de que se trate, salvo en depósitos a plazo cuyo monto individual exceda de 15,000 pesos para los cuales debe recaudarse el impuesto en el momento en que se realicen dichos depósitos.
  • Para mayor información consulte: IETU, DIOT e IDE.
  • Recuerde que además de los gastos relacionados con su actividad, que deduce en sus pagos mensuales; en su Declaración Anual puede deducir algunos gastos personales, tales como: honorarios médicos, gastos hospitalarios, análisis y estudios clínicos, primas de seguros de gastos médicos, donativos a instituciones autorizadas, gastos funerales, entre otros. Solicite las facturas o recibos fiscales a tiempo para que pueda aprovechar este beneficio.

  1. Qué impuestos se deben declarar mensualmente
  2. Por qué es importante mantenerse al corriente en sus pagos mensuales (provisionales y definitivos)
  3. En qué fechas debe presentar sus pagos provisionales y definitivos
Consulte el Calendario fiscal para corroborar sus fechas de pago y concerte una cita para recibir atención personal.

En su gran mayoría, las personas físicas y las personas morales están obligadas a presentar una declaración donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaración anual.

Las personas físicas que se encuentran obligadas a presentar la declaración anual deben hacerlo en abril de cada año.

Las personas morales con fines de lucro deben presentar la declaración por Internet durante el periodo de enero a marzo del siguiente año a declarar.

Para mayor información le sugerimos consulte la sección de Declaración Anual.


**// visitaeste apartado PAGOS REFERENCIADOS http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_15130.html
**//PREGUNTAS Y RESPUESTAS
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/e_sat/oficina_virtual/108_23327.html

ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/DyP/TipsPF_180712V2.pdf

CATÁLOGO DE SERVICIOS Y TRÁMITES

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/102_12004.html

INFORMACIÓN Y SERVICIOS
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/default.asp
Declaración Anual
En su mayoría, las personas físicas y las personas morales están obligadas a presentar una declaración donde reporten sus ingresos y gastos de todo un ejercicio fiscal (enero a diciembre), es decir, una declaración anual.
Software

El SAT ha desarrollado herramientas electrónicas para facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones, estos programas son gratuitos y aqui pueden descargarse
Formas fiscales

En algunos casos para declarar y/o pagar impuestos son necesarias las formas fiscales conócelas o descárgalas.



Otros Servicios
Verificación de autenticidad

No se deje engañar verifique la autenticidad de mensajes y documentos y compruebe que quien se presenta ante usted está autorizado
Notificaciones
Consulte aquí las notificaciones por estrados y por edictos, de conformidad con los artículos 139 y 140 del CFF.


¿SOY PERSONA FÍSICA O PERSONA MORAL?
Para fines fiscales, es necesario definir si una persona realizará sus actividades económicas como persona física o como persona moral, ya que las leyes establecen un trato diferente para cada una, y de esto depende la forma y requisitos  para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y las obligaciones que adquieran.

  • Persona física es un individuo con capacidad para contraer obligaciones y ejercer derechos.
  • Persona moral es una agrupación de personas que se unen con un fin determinado, por ejemplo, una sociedad mercantil, una asociación civil.
Por ejemplo, en el caso de personas físicas existen varios regímenes de acuerdo con la actividad y el monto de los ingresos.

En el caso de personas morales, el régimen fiscal y las obligaciones que les corresponden son diferentes en relacion a si tienen o no fines de lucro.

REVISE EL CALENDARIO FISCAL
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/calendario_fiscal/default.asp

DERECHOS DE LOS CONTRIBUYENTES
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/18_299.html
Ahora todos sus derechos como contribuyente están plasmados en la ( 61 kB) Ley Federal de Derechos del Contribuyente, publicada en el DOF el 23 de junio de 2005.

Para garantizar el acceso de los contribuyentes a una justicia tributaria en el orden federal, a partir del 4 de septiembre de 2006 se publicó la  Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente que regula las funciones de la  Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon).

El Código Fiscal de la Federación señala una serie de derechos que esta ley agrupa junto con algunos nuevos, que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) respeta y le garantiza la forma de ejercerlos, enfocando a ellos sus funciones y las actividades que realiza.

Conozca sus derechos para que los pueda hacer valer, para que exista una relación de equidad legal entre usted y las autoridades fiscales.

¿Cuáles son sus derechos?
Inmovilización de cuentas bancarias

Preguntas y respuestas frecuentes

Material de apoyo

Folletería sobre diversos temas para facilitar el cumplimiento correcto y oportuno de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

También existe el programa Síndicos del Contribuyente que facilita la relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, a quienes ofrece apoyo en los problemas que pudieran enfrentar al realizar sus trámites, además de salvaguardar sus derechos y garantías.

REQUERIMIENTOS. QUÉ HACER SI RECIBE UNO
¿Qué es un requerimiento, y qué hacer si recibe uno?
Un requerimiento es un documento que envía la autoridad fiscal a un contribuyente por un posible error u omisión en el cumplimiento de obligaciones fiscales.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) le podrá requerir por alguno de los motivos siguientes, entre otros:
Para atender o aclarar un requerimiento debe acudir al Módulo de Servicios Tributarios del SAT que corresponda a su domicilio fiscal, para presentar el o los documentos que comprueben que cumplió con lo que le solicitaron, o bien que ya corrigió el error u omisión.
En los requerimientos se señala el plazo que tiene para presentar la información solicitada; si no lo hace dentro del plazo la autoridad le impondrá una multa.

Código fiscal de la federación
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/7.htm?s=
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
TEXTO VIGENTE
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981
(En vigor a partir del 1 de enero de 1983, excepción hecha del Título VI, del Procedimiento Contencioso Administrativo, cuya vigencia inició el 1 de abril de 1983)
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Presidencia de la República.
JOSÉ LÓPEZ PORTILLO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO:
El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, Decreta:
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Es el ordenamiento jurídico de observancia federal que establece conceptos y procedimientos para la obtención de ingresos fiscales. Establece la forma en que se ejecutarán las resoluciones fiscales, los recursos administrativos, además de indicar el sistema que se deberá de seguir para resolver situaciones que se presenten ante el Tribunal Fiscal de la Federación. Regula además la aplicación de las leyes fiscales en caso de presentar alguna laguna o duplicidad en las mismas.

IMPUESTOS 2012

http://losimpuestos.com.mx/impuestos-2012/
Por suerte para todos, en estos días el presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, Jorge Carlos Ramírez Marín, dio la garantía de que durante el proceso de aprobación del paquete económico para 2012 no se promoverá la creación de nuevos impuestos.
Esto es bueno para los mexicanos dado que no debemos modificar nuestro comportamiento según lo que veníamos haciendo en base a los impuestos 2011. Lo que aclaró el responsable es que “si seguimos cargando impositivamente, si tuviéramos la osadía de pretender crear nuevos impuestos, lo cual es inadmisible, estaríamos causándole un daño muy grande al país con el pretexto de ser responsables“.
Como noticia agradable, sabemos que esto no ocurrirá dado que al menos el PRI, que es la bancada más grande, ha dicho que no permitirá que haya nuevos impuestos.
Asimismo, de nada afectará la salida de Ernesto Cordero de la Secretaría de Hacienda al paquete económico de 2012, que comprende la Ley de Ingresos, el Presupuesto de Egresos y la miscelánea fiscal. Sin embargo, lo que sí va a impactar es la situación económica global, por lo que se debe actuar de manera responsable, sobre todo en materia de ingresos, sin debilitar las finanzas del país.
Recordamos que los impuestos 2011 más relevantes han sido:
Estos, tienen un vencimiento mensual, y por eso es importante conocer el Calendario del SAT:

El impuesto IDE

El impuesto IDE es conocido como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo. Lógicamente, grava a aquellos depósitos en efectivo, ya sea por uno o por la suma de varios depósitos cuyo monto en el mes exceda de $15,000 pesos (vigencia a partir del 1 de enero de 2010, anteriormente eran montos superiores a los $25.000). La tasa a aplicar es del 3% sobre el excedente de mencionado monto al mes.

Para determinar la base imponible, se debe realizar la suma del acumulado de todos los depósitos en efectivo que recibe un contribuyente en todas las cuentas en las cuales sea titular de una misma institución.
Una vez realizada la suma, si la cantidad de depósitos dentro del mes de que se trate, excede $15,000, ese excedente causará la imposición del impuesto sobre los depósitos en efectivo.
Asimismo, para los caso de Tarjetas de Crédito se recaudará sólo cuando exista saldo a favor generado por depósitos en efectivo. Quedan alcanzadas todas las personas físicas o morales que efectúen depósitos en efectivo en cuentas abiertas a su nombre.
Cálculo del IDE
EL IDE es igual al 3% del excedente del monto exento del pago del impuesto.
Ejemplo:
  • Suma de depósitos mensuales:  $30.000
  • Monto Exento: $15.000
  • Excedente: $15.000
  • Tasa: 3%
  • IDE a pagar: Excedente x Tasa / $15.000 x 3% = $450.-

¿Cómo se paga?

El impuesto se recauda por las instituciones del sistema financiero en las que se tengan abiertas las cuentas de los contribuyentes. Si no existen los fondos suficientes para hacer la recaudación del impuesto, las instituciones financieras están obligadas a recaudar en el momento en que se realice algún depósito durante el año en cualquiera de las cuentas que tenga el contribuyente.
Están obligados al pago todas las personas físicas y morales por el importe excedente de 15,000 pesos en los depósitos en efectivo, ya sea en moneda nacional o extranjera, que se realicen en cualquier tipo de cuenta abierta a su nombre en las instituciones del sistema financiero.
Asimismo, estarán obligadas todas las personas físicas y las morales que adquieran cheques de caja en efectivo sin importar el monto.
No están obligadas al pago:
  • La Federación, entidades federativas y municipios
  • Las entidades de la administración pública paraestatal que estén consideradas como no contribuyentes del impuesto sobre la renta
  • Las personas morales con fines no lucrativos conforme a la Ley delImpuesto sobre la Renta
  • Las instituciones del sistema financiero por los depósitos en efectivo que se realicen en cuentas propias con motivo de su intermediación financiera o de la compraventa de moneda extranjera, salvo los que se realicen en las cuentas concentradoras.
La recaudación se realizará el último día del mes de que se trate, salvo en depósitos plazo cuyo monto individual exceda de 15,000 pesos, los que se deben recaudar en el momento en que se realicen dichos depósitos.
Sin embargo, existen algunos depósitos sobre los que no se paga el IDE:
  • Los de transferencias electrónicas, traspasos de cuenta, títulos de crédito (cheques, pagarés) o cualquier otro documento o sistema pactado con las instituciones del sistema financiero, aun cuando sean a cargo de la misma institución que los reciba.
  • Depósitos en efectivo que se realicen en las cuentas hasta por un monto que no exceda de 15,000 pesos en cada mes de calendario.
  • Los pagos efectuados que no sean en efectivo, sino a través de depósitos por traspaso o transferencias electrónicas, aun cuando éstos sean mayores de 15,000 pesos.
  • Por las transferencias electrónicas de fondos que hacen los residentes en el extranjero, ya que no se considera un depósito en efectivo.
Debajo podrá ver un video sobre cómo calcular el IDE y tendrá la opción dedescargar el archivo aquí:


El impuesto IVA
El IVA -Impuesto al Valor Agregado- posee varias alícuotas o tasas aplicables a distintas actividades comerciales o locaciones y venta de servicios.
Si bien la ley menciona 4 diferentes categorías, en realidad son tres tasas, ya que los productos exentos no poseen tasa.
Las tasas del 16% y 11% (vigentes desde 2010) gravan las siguientes actividades:
  • Enajenación de bienes
  • Prestación de servicios independientes
  • Dación en uso o goce temporal de bienes
  • Importación de bienes o servicios
Cabe mencionar que, para todas aquellas actividades se aplicará la tasa del 16%, a menos que, la operatoria se lleva a cabo en una región fronteriza, donde se aplicará el 11% como tasa.
Asimismo, la tasa del cero 0% se aplica a las siguientes actividades:

Enajenación de:
  • Animales y Vegetales
  • Medicinas de patente
  • Hielo y agua no gaseosa ni compuesta
  • Ixtle, palma y lechuguilla
  • Tractores para accionar implementos agrícolas
  • Fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas
  • Invernaderos hiropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas
  • Oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes
  • Libros, periódicos y revistas
Prestación de servicios independientes:
  • Directamente a los agricultores y ganaderos
  • De molienda o trituración de maíz o de trigo
  • De pasteurización de leche
  • En invernaderos hidropónicos
  • Despepite de algodón en rama
  • Sacrificio de ganado y aves de corral
  • Reaseguro.
  • Suministro de agua para uso doméstico
Por otra parte, muchos artículos se encuentran exentos. La idea de este post no era abundar en detalle sino diferenciar correctamente las tasas aplicables según los casos. No obstante, estaremos ampliando en materiaimpositiva y acerca del IVA.

El impuesto IETU

El IETU, que por sus siglas significa Impuesto Empresarial a Tasa Única, grava la percepción efectiva de ingresos para las operaciones de enajenación de bienes, prestación de servicios y otorgamiento en uso o goce temporal de bienes.
Sujetos alcanzados: personas físicas y morales residentes en territorio nacional. Asimismo, residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país.
El IETU gravará las siguientes actividades:
  • Prestación de servicios independientes
  • Enajenación de bienes
  • Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes
Aquellos ingresos obtenidos producto de la realización de las actividades señaladas, se acumularán para efectos del IETU cuando sean efectivamente cobrados. Siempre existe la opción de deducir todas las erogaciones, Impuesto sobre la Renta (ISR), intereses que deriven de contratos de préstamo, financiamiento o arrendamiento financiero y las aportaciones de seguridad social.
Exentos de pagar el IETU:
  • Ingresos obtenidos por Entidades Federativas, Municipios, órganos constitucionales autónomos, entidades de administración pública paraestatal, partidos, asociaciones, sindicatos obreros y las sociedades civiles organizadas con fines científicos, políticos, religiosos y culturales.
  • Actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras.
En concreto, el IETU grava la diferencia entre los ingresos de las empresas y los gastos en bienes intermedios.
Tasas aplicables:
  • En 2008: 16,5%
  • En 2009: 17%
  • En 2010: 17,5% Tasa Vigente

El impuesto ISR
Como ya hemos de saber, el impuesto sobre renta o ISR, es un impuesto federal catalogado como de los más importantes el cual grava directamente los ingresos de las personas físicas y morales.
Dentro de la Ley de Impuesto sobre Renta, ha habido un incremento del ISR para 2010 al 30%, la cual se mantendrá durante 2011, y 2012, con esperanza que baje en 2013.
Según la Ley de ISR, el impuesto se aplica en cada ejercicio pero previo a ello, se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual.
El objeto del Impueto Sobre Renta en México es el “obtener un ingreso” por cualquiera de las siguientes causas:
Tabla ISR 2011 para el cálculo de los pagos provisionales mensuales
Límite InferiorLímite SuperiorCuota FijaPorcentaje aplicable sobre excedente límite inferior
0,01490,070,001.92%
496,084.210,419,526,40%
4.210,427.399,42247,2310,88%
7.399,438.601,50594,2416,00%
8.601,5110.298,35786,5517,92%
10.298,3620.770,291.090,6221,36%
20.770,3032.736,833.327,4223,52%
32.736,84En adelante6.141,9530.00%


El impuesto IEPS

IEPS o Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se paga por la producción y venta o importación de gasolinas, alcoholes, cerveza  y tabacos, principalmente. Al igual que el IVA es un impuesto indirecto, es decir que los contribuyentes del mismo no lo pagan, sino que lo trasladan o cobran a sus clientes.
Los pagos se realizan mensualmente a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponda el pago y no tiene que presentar declaración anual.
Sujetos del IEPS
Personas físicas o morales que enajenen los bienes siguientes están obligadas al pago del IEPS:
  • Bebidas con contenido alcohólico y cerveza
  • Tabacos labrados
  • Diesel
  • Refrescos, bebidas hidratantes o rehidratantes
Sujetos Exentos
Personas que enajenen los siguientes productos:
  • Aguamiel y sus derivados
  • Los comercializadores (no productores) de tabaco labrados gasolinas y diesel, cerveza, bebidas refrescantes, puros y otros tabacos labrados.
  • Los bienes que se encuentren sujetos al régimen aduanero
¿A qué considera como no enajenación el IEPS?
No se consideran enajenaciones a la transmisión de propiedad realizada por muerte o donación; ventas de bebidas alcohólicas al público general, en botellas abiertas o por copeo, para consumo en el mismo lugar.

INVESTIGAR
http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/fed/default.htm?s=

¿En que fecha el DOF se publicó este Impuesto y en que fecha entro en vigencia?
¿Que presidente Decretó este Impuesto?

  • Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE)
  • Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR)
  • Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS)
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA)
  • Ley del Impuesto empresarial a tasa única (IETU)


**//instrucciones: entrar al enlace azul de la unam y DESPLIEGUE SECUENCIAL POR DOCUMENTO COMPLETO en el menú de la LEGISLACIÓN FEDERAL ahi encontraras la informacion necesaria.

Calcular impuestos:
  1. 01 de enero depositan 8500 en la cuenta bancaria por los socios
  2. 04 de enero se compra 8000 pesos en mercancía para ventas + iva se hace pago electrónico
  3. 07 de enero se vende 15000 en mercancía el costo es de 8000 el cliente deposita en efectivo a nuestra cuenta bancaria iva incluido
  4. 15 de enero nos deposita un cliente un adelanto de pedido por 10000
  5. 17 de enero se compra a nuestro proveedor 25000 en mercancía + iva se hace pago electrónico
  6. 25 de enero nuestro cliente nos compra 40000 en mercancía el costo fue de 25000 con iva incluido su pago restante nos lo deposita en efectivo a nuestra cuenta
  7. 27 de enero se compra mas mercancia por 40000 + iva se hace pago electrónico
  8. 30 de enero se vende

**// calcular IVA, IDE, ISR, IETU
COMPRASIVAVENTAIVADEP. BAN.IDEINGR.EGR.BASEISR
%
TAB.
IETU
17.5%
BASE
01-01
04-01
07-01
15-01
17-01
25-01
27-01